FINCEN FILES

 

FinCEN, es el acrónimo de Financial Crimes Enforcement Network, es una oficina del Departamento del Tesoro de Estados Unidos que recopila y analiza información sobre transacciones financieras para combatir el lavado de dinero, el financiamiento del terrorismo y otros delitos financieros nacionales e internacionales.

 

Recientemente se conoció información acerca de la filtración de más de 2.121 reportes de actividades sospechosas (SARs por sus siglas en Inglés) entre otros documentos procedentes de varias instituciones financieras internacionales y transnacionales, dejó al descubierto una serie de operaciones financieras (más de 2657) por más de US$2 billones durante los años 2000 a 2017.

 

Abarca numerosas empresas y personas alrededor del mundo, que utilizaron diferentes instituciones bancarias que conforman el sistema financiero norteamericano con fines, presuntamente ilícitos.

 

Algunos antecedentes históricos similares a este escandalo son: LuxLeaks (2017), Swiss Leaks (2015), Panamá Papers (2016) y Paradise Papers (2017), todos tienen en común la filtración de archivos confidenciales presuntamente relacionados con tramas de evasión fiscal, corrupción, soborno transnacional, blanqueo de activos y financiación al terrorismo, entre otros, teniendo como objeto o foco de las operaciones a presidentes, lideres políticos del mundo, empresarios y deportistas de alta competición, entre otros. 

 

Este nuevo escándalo deja en evidencia la necesidad que tienen las empresas de implementar sistemas de gestión, control, mitigación y monitoreo de riesgos penales y financieros para evitar ser vulnerables y prevenir delitos dentro de sus organizaciones.

 

El riesgo de verse involucrado en una investigación es alto cuando los directivos, gerentes o representantes legales de las empresas no se aseguran de prevenir estos riesgos, o en el peor de los casos, aun sabiéndolos deciden seguir adelante con operaciones y clientes (personas expuestas políticamente PEPs), que representan alto riesgo.

 

En el caso de FinCen Files, la diferencia con los anteriores mencionados consiste en el tipo de documento que se filtró, es decir más de 2.121 reportes de actividades sospechosas (SARs por sus siglas en inglés) o Reporte de Actividad Sospechosa (RAS por sus siglas en Venezuela) por más de US$2 billones durante los años 2000 a 2017.

 

Es importante resaltar que, en principio, no todo reporte de actividad sospechosa (RAS) involucra necesariamente la comisión de hechos delictivos. Estos son la respuesta administrativa que emiten los sujetos obligados a los entes reguladores (como se les denomina en Venezuela), siendo el caso objeto de análisis la filtración de SARs, emitidos por instituciones financieras norteamericanas al FinCen como ente regulador, supervisor e investigador en materia de lucha contra el blanqueo de activos y combate contra la delincuencia organizada en los Estados Unidos de Norteamérica.

 

El Grupo de Acción Financiera Internacional, es una institución intergubernamental creada en el año 1989 por el entonces G8. El propósito de la GAFI es desarrollar políticas que ayuden a combatir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. El Secretariado de la GAFI está en la sede de la OCDE en París. 

  

Las Recomendaciones del GAFI constituyen un esquema completo y consistente de medidas, que los países deben implementar para combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, así como también el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.

 

Los países tienen diversos marcos legales, administrativos y operacionales, así como diferentes sistemas financieros, por lo cual todos los países no pueden tomar medidas idénticas contra estas amenazas. Las Recomendaciones del GAFI, fijan un estándar internacional que los países deberían implementar por medio de medidas adaptadas a sus circunstancias particulares.

 

En atención a lo anterior, de conformidad con la recomendación 20 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), los Reportes de Actividad Sospechosa (RAS) son de uso exclusivamente privado entre las instituciones financieras y las unidades de inteligencia financiera de los países (conocidas por sus siglas UIF), hasta tanto no constituya elemento de convicción para dar inicio a una investigación Penal.

 

En la República Bolivariana de Venezuela es la Unidad Nacional de Inteligencia Financiera (UNIF) el ente autónomo y descentralizado encargado de las Funciones de recibir, clasificar, agrupar, analizar, solicitar ampliación de información a las Instituciones Financieras y demás Sujetos Obligados que tienen la obligación de remitir los RAS.

 

Solo en los casos que la UNIF considere que determinados RAS cumplen con los requisitos tales como topología del hecho, características propias de la operación analizada, elementos o soportes que la acompañan, señales de alerta, perfil transaccional del cliente, entre otras; son remitidos al Ministerio Público para que este último ordene el inicio de una investigación penal. 

 

Opinar al fondo y de forma apresurada respecto de este tipo de noticias resulta imprudente desde el punto de vista meramente técnico, profesional y especializado en materia de prevención de riesgos de legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo como se le conoce en Venezuela, o anti money laundry (AML por sus siglas en ingles), pues el escandalo de la noticia dejó al descubierto la existencia de al menos 2121 reportes de actividades sospechosas (SARs por sus siglas en Ingles) o Reporte de Actividad Sospechosa (RAS por sus siglas en Venezuela) por mas de US$2 billones durante los años 2000 a 2017.

 

Sin embargo, aún las autoridades de ese país no se han pronunciado públicamente para informar a la comunidad internacional cuantos de ellos devinieron en investigaciones federales por blanqueo de activos, drogas, terrorismo, corrupción entre otras, tampoco cuantas personas se encuentran investigadas o requeridas por la justicia en estos procesos.

 

Para finalizar queremos indicar que no compartimos ni estamos de acuerdo con la vulneración y obtención fraudulenta e ilegal (hackeo), de información clasificada o confidencial de instituciones públicas o privadas, nacionales o internacionales, pues esa conducta constituye delito en la mayoría de las jurisdicciones o países que han suscrito la Convención Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

 

De tal forma que, en el presente caso objeto de análisis, corresponderá a las agencias de inteligencia e investigación de los Estados Unidos de Norteamérica determinar la fuente y origen de la presunta filtración (cybercrime) así como la identidad de las personas partícipes de ese hecho que sin duda vulnero la cyber seguridad del FinCen y trajo como consecuencia la exposición indebida de los SARs objeto de la noticia.

 

Por lo reciente de los hechos aún no está claro si se trató de robo de datos, filtración o hackeo de sistemas de almacenamiento remoto en la nube (cloud hacking) entre alguna de las posibilidades que pudieron haber dado origen a este escándalo internacional.