En Venezuela carecemos de una legislación especial en materia de protección de datos personales y privacidad, como comentamos en el primer ensayo de esta serie, lo que implica preguntarnos en cuáles fuentes debemos apoyarnos para abordar este proceso legislativo.
Aunque nuestro país no pertenezca a un grupo de países con legislación comunitaria, como la Unión Europea, creemos que es necesario que la ley que se dicte, en un futuro que esperamos sea próximo, se adapte a los más actualizados estándares internacionales, pues en el marco del comercio global, una legislación insuficiente, que no garantice los derechos fundamentales relacionados con el tratamiento de datos personales, puede constituir un obstáculo a las empresas foráneas que quieran invertir en Venezuela, así como para las nacionales, que estén en proceso de expansión fronteras afuera, toda vez que el debido cumplimiento de los principios del tratamiento de datos, es un requisito para obtener el aval correspondiente y para que puedan circular libremente los datos, en el contexto transnacional y según convenios internacionales en los que son partes sus países de origen y en organizaciones globales como la OCDE.
Indice
Consideraciones Generales…………………..……………………………………………….2
Desarrollo jurisprudencial del habeas data en Venezuela………………….………………………………………….………………………..7
Ley Especial Contra los Delitos Informáticos…………………………………………..……13