
Con esta muy repetida expresión se nos quiere decir que, aunque se encuentre próxima la superación de la pandemia, nuestro modo de vida ha cambiado ya, de modo definitivo; por ello, lo que vamos a considerar normal en el futuro, en diferentes esferas de la vida social y personal, será muy distinto de lo que era estimado así antes del COVID-19.
Tal vez uno de los campos donde este cambio podría ser más notorio es el de las relaciones laborales. Una muestra de ello es la irrupción del trabajo a distancia, que tiene muchas implicaciones en lo social, familiar e individual, así como, por supuesto, en el ámbito legal. Apuntaremos algunas ideas sobre este último aspecto, el jurídico.
Lo estimamos pertinente, pues si el lector realiza una somera búsqueda en la Web con el término “trabajo a distancia” o alguno similar, dará como resultados un importante número de ofertas de empleo, en contraste con la ausencia de alguna fuente normativa nacional, así como la presencia de noticias aisladas u artículos de opinión desactualizados y escuetos.
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