Los contratos automatizados

 

El fenómeno de la utilización de la tecnología en los despachos de Abogados es de vieja data, desde la masificación del uso del e-mail para comunicarse con clientes y stakeholders, la utilización de dispositivos de asistente personal para llevar la agenda diaria, e inclusive en el uso de bases de datos para acumular la identificación de los clientes del despacho ha estado presente la robotización en la prestación de servicios jurídicos.

 

En tal sentido hemos visto, que además de la sistematización a nivel documental de los precedentes o decisiones judiciales que distintas plataformas están ofreciendo como una herramienta de uso casi a diario por los despachos jurídicos, han surgido emprendimientos que ofrecen modelos o plantillas para los contratos.

 

¿Ahora bien, hasta cual punto son realmente funcionales para los usuarios estas herramientas?

Para aclarar el panorama vamos a citar el artículo de los Abogados Leticia López-Lapuente y Ane Lamela, socias de la firma de Abogados Uría Menéndez, considerada un referente en el uso de Legaltech en España, quienes destacan en su artículo “La automatización de contratos”, tres capas de usabilidad.

 

La primera relacionada con el apoyo a la redacción, como un mecanismo para la automatización, unificar modelos, formatos y terminología usados por la organización que en principio requeriría la intervención de personal con formación jurídica.

 

Esta intervención de suyo, la hemos observado en forma generalizada con o sin tecnología en los despachos de Abogados ya que es común utilizar la figura del precedente contractual como punto de inicio para la modificación y adaptación de las cláusulas al caso concreto. La inclusión en sistemas informáticos ayuda en una menor medida a un oficio que es consustancial con el ejercicio de la Abogacía.

 

No obstante esta observación, la segunda capa señalada por las colegas va apuntando a una palanca tecnológica más avanzada.

Así tenemos, que los contratos automatizados servirían de apoyo a la adopción de decisiones. Esta evolución otorga al usuario un árbol de decisión, preguntas y respuestas, que trae consigo una o varias respuestas para su elección cuyo fin ultimo es asesorar en la toma de decisiones de los términos del contrato.

 

La principal característica de este update es que prestan un asesoramiento jurídico al usuario, que puede ser jurista o no, ya que devuelve al momento de la pregunta la opción jurídica más conveniente.

 

La tercera y ultima capa, se refiere al apoyo en la gestión de la relación contractual “que permitiría a los usuarios llevar un control automatizado de sus relaciones con proveedores, financiadores o contraparte, permitiendo una gestión más ordenada y a tiempo real de sus relaciones contractuales más relevantes”.

 

Les podría indicar esta funcionalidad, por ejemplo, los vencimientos de los términos de los acuerdos contractuales, la actualización de alguna norma jurídica relacionada con el acuerdo ya suscrito o la existencia de un nuevo criterio jurisprudencial que podría afectar los términos iniciales.

 

Ahora bien, detallando en conjunto estas tres capas o niveles de usabilidad de los sistemas automatizados de contratos podemos observar en primer lugar que las firmas que prestan servicios corporativos a empresas o particulares les sería de gran utilidad por ser una herramienta de uso diario. Igualmente, podemos observar que el servicio podría ser brindado por una empresa tecnológica tanto a despachos de Abogados, así como a los particulares directamente, trayendo como consecuencia la innecesaria presencia e intermediación de una firma o un profesional del Derecho.

 

En este sentido podríamos intuir que el mayor desarrollo de la segunda capa va a ser un factor resultante para ello, así como la utilización de la inteligencia artificial y la big data para el procesamiento de las instrucciones del usuario. Ya observamos, en Internet diversos webs site que ofrecen el servicio de formación de contratos a bajos precios sin la necesidad de intervención física de un profesional.

 

Mucho podría afectar a las firmas de Abogados estas herramientas, desde la perspectiva de la relación cliente-Abogado que puede ser balanceada a favor de la presencia del profesional para la adopción de contratos en una empresa, el factor “confianza” que solamente puede ser brindada por la persona física.

 

¿Que opinan sobre este tema? ¿Realmente podría afectar a los Abogados estas herramientas o podemos convivir con ellas a largo plazo?